Si bien varios asentamientos se localizan allí donde el mercado inmobiliario no tiene un interés para desarrollar emprendimientos privados, dada la cada vez más escasa disponibilidad de tierras urbanas, la mayoría de los asentamientos de esta Ciudad comienza a encontrarse en terrenos que pueden resultar cada vez más atractivos para las inversiones. Por ello, es fundamental analizar el rol adoptado por el Gobierno local en este conflicto de intereses y las consecuencias que estas posturas tienen en la resolución o profundización de la problemática presentada. El caso de la Villa 31, recientemente en discusión por las declaraciones de la Diputada Nacional Gabriela Michetti (PRO), es un emblema del conflicto de interés que puede suponer el uso de las tierras urbanas. Ubicada frente al río en el corazón de la Ciudad de Buenos Aires, la Villa 31 siempre fue un espacio de interés para desarrolladores urbanos. Si bien en la década del ’90 se intentó avanzar en la reutilización de estos terrenos mediante el desalojo de sus habitantes, esto tuvo que posponerse por la resistencia de sus vecinos.
Este antecedente explica la nueva estrategia desplegada por el Gobierno de la Ciudad y expresada por las declaraciones de Michetti. A través del reconocimiento de propiedad sobre las parcelas a distintos habitantes, el mercado podría garantizar la compra de las tierras de manera “pacifica”. Gracias a la mediación del Estado para destrabar legalmente el uso de las tierras, se supone que se “liberarían” los terrenos y el mercado podría disponer de ellos con ganancias extraordinarias. Más allá de lo armónico que puede parecer este discurso para algunos ciudadanos distraídos, hay varias preguntas sin respuestas: ¿Cómo se garantizaría que el Estado capte parte de la plusvalía por el valor de las tierras fiscales que estaría inyectando en el mercado gratuitamente? ¿De qué manera se podría asegurar que el valor de venta de estos terrenos de familias que se encuentran en situación de emergencia les permita comprar una vivienda digna? ¿Qué pasaría con el altísimo porcentaje de inquilinos que viven en la villa?
El proyecto presentado no responde ninguna de estas cuestiones, pero quizás esto es así porque no busca realmente atender la cuestión de la Villa 31 y, en el marco de la campaña electoral, solo busca generar una polémica sobre un barrio que despierta pasiones en los sectores más conservadores de nuestra sociedad, dada su centralidad urbana. Aun así, celebramos el inicio de la discusión ya que lejos de distraernos con la polémica del caso seleccionado, nos permite repetir y volver a denunciar los problemas que suponen las políticas implementadas por el Gobierno de la Ciudad en relación con las villas de emergencia, la profundización de la crisis habitacional y la gestión de las tierras urbanas.
El gobierno local cuenta con obligaciones constitucionales y normativas específicas que lo obligan a urbanizar las villas de la Ciudad, en beneficio de sus habitantes. Este cuerpo normativo se compone principalmente por el Artículo 31 de la Constitución de la Ciudad y entre otras, por la Ley 148, que creó en 1998 el Programa de Radicación, Integración y Transformación de Villas y Núcleos habitacionales transitorios. Este programa reconocía que la erradicación de las villas y expulsión de sus habitantes solo postergaba los problemas de acceso a la vivienda y tierras por parte de los sectores populares y pretendía brindar soluciones definitivas mejorando las condiciones de vida en los barrios emergentes que ya están consolidados en nuestra Ciudad. Asimismo, existen un conjunto de leyes específicas que disponen los criterios de urbanización de determinados barrios como, por ejemplo, la villa 1-11-14 (Ley 403), la villa 20 (Ley 1.770), el Cartón (Ley 1.987) y las villas 31 y 31 bis (Ley 3.343). Tal como se observa en los cuadros 1 y 2 el programa de radicación de villas fue primero desfinanciado por la actual gestión de la Ciudad y luego virtualmente desmantelado en 2010 para armar el programa “Mejoramiento de Villas”. Esto significó un abandono de las obligaciones normativas en materia de urbanización de las villas y el reconocimiento de que el estado local no iba a invertir los recursos necesarios para superar los abismos sociales que se despliegan en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.
El proyecto presentado no responde ninguna de estas cuestiones, pero quizás esto es así porque no busca realmente atender la cuestión de la Villa 31 y, en el marco de la campaña electoral, solo busca generar una polémica sobre un barrio que despierta pasiones en los sectores más conservadores de nuestra sociedad, dada su centralidad urbana. Aun así, celebramos el inicio de la discusión ya que lejos de distraernos con la polémica del caso seleccionado, nos permite repetir y volver a denunciar los problemas que suponen las políticas implementadas por el Gobierno de la Ciudad en relación con las villas de emergencia, la profundización de la crisis habitacional y la gestión de las tierras urbanas.
El gobierno local cuenta con obligaciones constitucionales y normativas específicas que lo obligan a urbanizar las villas de la Ciudad, en beneficio de sus habitantes. Este cuerpo normativo se compone principalmente por el Artículo 31 de la Constitución de la Ciudad y entre otras, por la Ley 148, que creó en 1998 el Programa de Radicación, Integración y Transformación de Villas y Núcleos habitacionales transitorios. Este programa reconocía que la erradicación de las villas y expulsión de sus habitantes solo postergaba los problemas de acceso a la vivienda y tierras por parte de los sectores populares y pretendía brindar soluciones definitivas mejorando las condiciones de vida en los barrios emergentes que ya están consolidados en nuestra Ciudad. Asimismo, existen un conjunto de leyes específicas que disponen los criterios de urbanización de determinados barrios como, por ejemplo, la villa 1-11-14 (Ley 403), la villa 20 (Ley 1.770), el Cartón (Ley 1.987) y las villas 31 y 31 bis (Ley 3.343). Tal como se observa en los cuadros 1 y 2 el programa de radicación de villas fue primero desfinanciado por la actual gestión de la Ciudad y luego virtualmente desmantelado en 2010 para armar el programa “Mejoramiento de Villas”. Esto significó un abandono de las obligaciones normativas en materia de urbanización de las villas y el reconocimiento de que el estado local no iba a invertir los recursos necesarios para superar los abismos sociales que se despliegan en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.